Reforma en Telecomunicaciones no vulnera privacidad: Fundación Colosio - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  • Se dice preparado el PRI para encarar impugnaciones a la reglamentación
  • Acatarían los priistas los fallos del Poder Judicial en caso de no convencer con argumentos y sustento jurídico

Los artículos 189 y 190 de la reglamentación de la Ley de Telecomunicaciones, que hablan de geolocalización e intervención oficial telefónica, dijo Adrián Gallardo Landeros categórico el presidente de la Fundación Colosio: “no vulneran la privacidad de los ciudadanos”.

Entrevistado por La Jornada Aguascalientes, agregó que esa legislación fortalece los derechos y obligaciones de los ciudadanos y de los usuarios, porque genera beneficios concretos y directos, como la eliminación del cobro de larga distancia y por interconexión, entre otras medidas benéficas.

Indicó que la legislación contiene beneficios a la población, “al grado de que incluso algunos senadores y diputados del PRD, externaron su apoyo y simpatía por esta legislación, no obstante que atendieron una convocatoria de su dirigencia nacional para votar en sentido contrario (318 por 107)”.

Resaltó el priista: “No debe haber confusión en el respeto irrestricto a la libertad de expresión y a la privacidad, en el marco de un estado de derecho, que bajo los procedimientos de la propia normatividad establecida permitan garantizar ese respeto a la libre expresión y a la privacidad, sin que el Estado renuncie a otra obligación que tiene que salvaguardar, el garantizar condiciones de legalidad y aplicación de la ley”.

Pero en todo caso, indicó, “los casos en los que la autoridad tienen que ejercer facultades de investigación, están  sujetos a determinados procedimientos que deben observarse y como bien sabemos, cumpliendo con los requisitos de participación del Poder Judicial y de apego a lo que conocemos como el debido proceso”.

-¿El PRI cuenta con un plan b, para hacer frente a la posibilidad de que los 266 diputados que marca la ley, puedan presentar impugnación de inconstitucionalidad de la Ley de Telecomunicaciones, particularmente en sus artículos 189 y 190?

-En una democracia donde existe una auténtica división de poderes y acreditados derechos y libertades de ciudadanos y de actores políticos, siempre está abierta la posibilidad de que alguna de las partes recurra al proceso jurídico establecido para manifestar posiciones diferentes, interpretaciones distintas de la legislación.

Agregó “esto no es nuevo, ni se limita a este capítulo de las reformas en telecomunicaciones. En este sentido, es un derecho de los ciudadanos que cuando cualquiera de las partes decida ejercer, pues está en su derecho. Nosotros estamos seguros y confiados de que la legislación que ha sido aprobada por el Congreso de la Unión cuenta con suficiente solidez desde el punto de vista de constitucionalidad”.

“Pero en todo caso,  pues si alguna de las partes decide abrir un proceso para cuestionar la constitucionalidad, pues nosotros habremos de dar la cara, poniendo en la mesa argumentos y un sustento jurídico que creemos que es muy sólido y que pasará cualquier cuestionamiento. En todo caso y con toda humildad, porque así lo marca la ley, acataremos los fallos del Poder Judicial”.



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