Advierten que legislar sobre delitos electorales no será sencillo - LJA Aguascalientes
22/11/2024

 

  • La interpretación partidista de la norma constitucional estará vigente en el proceso
  • Al grupo mixto le alcanza para aprobar sus propias leyes secundarias, señala Montañez   

La Ley General en Materia de Delitos Electorales entró en vigencia el pasado 24 de mayo. Uno de sus artículos transitorios concede seis meses a los congresos para inyectar sus contenidos en las legislaciones locales, por lo que la tarea deberá estar concluida, a más tardar, el lunes 24 de noviembre.

El proceso de armonización no se limitará al vaciado de términos pese a que los estados están impedidos para hacer cualquier añadido a la legislación de éstos ilícitos, señaló el diputado Leonardo Montañez Castro.

–¿La armonización de leyes será fácil, ya sólo hay que vaciar, no hay nada que discutir?

–No. Hay muchas cosas que discutir. Si bajamos de la Constitución federal pudiéramos decir que a veces un artículo es una institución, de un solo artículo se desprenden las leyes secundarias. Es como en este caso, la Ley General en Materia de Delitos Electorales se desprende del artículo 73 de la Constitución Política.

El secretario de la Comisión de Justicia del Poder Legislativo señaló que “ahora nosotros también tendremos que abordar nuestras leyes secundarias. El tema es que para sacar una reforma constitucional se ocupan dos terceras partes (de los votos), pero ya en las leyes secundarias es por mayoría. Mayoría aquí son 14”.

Al grupo mixto, compuesto por legisladores del tricolor y del Verde Ecologista, añadió, le alcanza para aprobar todos los ordenamientos subsecuentes.

“Se tiene que privilegiar el consenso. Si no se privilegia el consenso el grupo mayoritario podría hacer sus leyes secundarias, quizá a veces omitiendo preceptos que ya estableció el apartado constitucional, incluso se le puede dar una interpretación distinta”.

El panista dijo que de aquí al 24 de noviembre resultará de primera importancia cuidar la redacción de las leyes secundarias. Hizo votos para que las bancadas reinauguren las mesas de discusión.


Además, la diputación local deberá estar al pendiente de lo que ocurra en el Congreso de la Unión, pues la propia Ley General en Materia de Delitos Electorales no ha parado de sufrir modificaciones de forma y de fondo.

Hoy las autoridades de la federación son competentes para investigar, perseguir y sancionar los siguientes delitos electorales:

Solicitar votos por paga, prometer dinero u otra contraprestación mediante violencia o amenaza, presionar para asistir a los eventos proselitistas, presionar para no votar por algún candidato, impedir apertura de casillas sin justificación legalmente válida, abstenerse de comprobar gastos comiciales.

“Hay delitos que tendrán de 200 a 400 días de multa y prisión de uno a nueve años, por decir, a quien falsee información de recursos públicos remanentes de partidos políticos… de 100 hasta 500 días de multa a los ministros de culto religioso que traten de orientar el voto”.

–¿La pena más severa es la de nueve años de cárcel?

–Estamos hablando de hasta nueve años de prisión. Viene claramente cuáles serán las competencias del estado, incluso de los municipios.

–Hablas de convenios. ¿En algún momento las policías municipales podrían perseguir delitos electorales?

–No… Los convenios se podrán establecer porque dentro de la jornada tienen que colaborar las policías municipales y las policías estatales, pero únicamente los pondrán a disposición, ellas no tienen la competencia de investigar, perseguir y sancionar. Lo ponen a disposición de la autoridad competente.

El acceso de los candidatos a la publicidad es uno más de los asuntos a detallar. Leonardo Montañez recordó que la legislatura local ya avaló una modificación al artículo 41 de la Carta Magna.

“Habla incluso de la anulación de una elección a quien se le compruebe que compre o adquiera cobertura informativa en tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos por la ley. Se compre o adquiera; la palabra ‘adquiera’ viene a darle un giro abismal, porque acreditar la compra era muy complicado… Si lo tuviste fue porque lo adquiriste, va a haber más regulación para buscar que no entre dinero ilícito en las campañas políticas”.

–¿Y qué pasa si un candidato sencillamente es cuestionado y enseguida aparece en la portada de un diario?

–Aquí estamos hablando de un continuo spoteo, del tema de los espectaculares, que son costosísimos, o que a veces se busca alguna evasiva para decir que alguien se los donó. A temas como ése no le veo problema, finalmente la información es un derecho de la sociedad, pero es diferente las continuas entrevistas de los candidatos, ya sea por televisión o por la radio.

–¿La presencia en medios inclina la balanza electoral?

–Yo creo que sí la inclina. ‘Santo que no es visto, no es venerado’. Algunos ciudadanos no votan por quien no conocen, hay quienes se pueden dejar llevar por el que más sale en la televisión, por el que más se escucha en las noticias, no se pone en una balanza su trayectoria. La ética es un tema que no se ve, la honradez es un valor intangible, es muy difícil que a los ciudadanos les llegue determinada información. No puedo decir que sea determinante, pero sí influye… Se trata de poner un piso parejo para los partidos y sus candidatos.

Pie de foto: El diputado panista destacó la importancia de legislar sobre el acceso a medios, pues la presencia en esta esfera sí tiene influencia electoral


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