La democracia obliga a la autonomía de los poderes / Letras ciudadanas - LJA Aguascalientes
14/11/2024

El Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes para ampliar el periodo del Presidente del Supremo Tribunal de Justicia de cuatro a ocho años y que incluye dos artículos transitorios (el primero para que el actual Presidente permanezca en su cargo hasta cumplir ocho años y el segundo para que el decreto entre en vigor al día siguiente de su publicación), dejó entrever por la manera en que se puso a discusión del Pleno de la actual legislatura, lo delicado del proceso de implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial por los cambios que habrán de hacerse en diferentes aspectos, desde la adecuación del marco normativo hasta la capacitación de los operadores del sistema que deberá estar en pleno funcionamiento para junio de 2016.

El decreto también hablaba de la Comisión Estatal de Coordinación en funciones desde el año 2011, instituida para facilitar la transición a este nuevo sistema de justicia, que involucra a la Secretaría de Seguridad Pública, Procuraduría General de Justicia, Instituto de Asesoría y Defensoría Pública del Estado y el Poder Judicial. Hace especial énfasis en la importancia de los Jueces y Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, y asegura que la continuidad de los proyectos y la especialización del personal que en ellos intervienen, es un requisito sin el cual no se obtiene el esperado éxito de los objetivos planteados.

Quiero que quede claro, que no dudo de la capacidad del actual Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, tampoco dudo de la capacidad de los otros seis Magistrados pero, así como se habla de justicia y de hacer valer la ley, es una falta de congruencia ir a favor de una reforma que desde que inició es inconstitucional porque ninguna ley, por ley, es retroactiva. No podemos hablar aún de un Estado de Derecho en donde a través del aparato judicial se busque beneficiar a una persona o a ciertos grupos, la justicia no es para quien pueda comprarla, la justicia es para todo el pueblo sin distinción alguna y sólo a éste es al que se le debe beneficiar; no se llega a la justicia por medio de la injusticia y esto lo tenemos que tener claro.

Como legislador mi postura fue muy clara; no estoy de acuerdo en modificar o derogar leyes para perjudicar o beneficiar a una persona o a un grupo; mi compromiso es ciudadano y me compromete a buscar siempre el beneficio de las mayorías. Dejé claro que es en los miembros del Supremo Tribunal de Justicia del Estado que en igualdad de circunstancias puedan buscar el ocupar o repetir la Presidencia del siguiente periodo con la norma legal vigente, esto gracias a la reforma visionaria el Artículo 52 de la Constitución, hecha en junio de 2012 por la LXI Legislatura del Estado de Aguascalientes, misma que ya permite la reelección para el periodo inmediato superior; es pues en el propio Supremo Tribunal de Justicia en donde la integridad y sabiduría de los Magistrados manda y obliga a los mismos el hacer prevalecer en bien de la sociedad de Aguascalientes la autonomía y el poder de decisión.

Es pues que lo dictado por la democracia la que nos obliga a respetar la decisión en su autonomía de los tres poderes del estado y recordar aquel sabio adagio popular de “zapatero a tus zapatos”…

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