UAA recibió siete observaciones a su cuenta pública de 2011 - LJA Aguascalientes
24/11/2024

 

  • De la totalidad de las observaciones 5 fueron no solventadas y 2 sí
  • Observaciones no solventadas dan cuenta de problemas en obra pública.

La Universidad Autónoma de Aguascalientes (UAA) ha recibido siete observaciones a la cuenta pública que corresponde al año de 2011 y que acaba de ser revisada por el Órgano Superior de Fiscalización en el estado (OSF).

La cuenta pública del 2011 determina que son siete las observaciones que merecen ser tomadas en cuenta respecto a diversas situaciones, entre las que destacan dos observaciones que hacen mención de la forma en la que fueron ejercidos los recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM), para lo que se indica que la institución debe de abstenerse de contraer y pagar compromisos antes de recibir lo correspondiente al fondo, debido a que la utilización de dicho recurso que constaba de poco más de mil pesos se llevó a cabo con la argumentación de la falta de disponibilidad de recursos.

La segunda observación tiene que ver con una cuestión técnica representada en la forma de comprobación de las erogaciones por lo que al igual que la anterior, al presentar la documentación correspondiente, se determinó que ambas observaciones se resumieran en sustentadas.

En contraparte existen cinco observaciones que fueron consideradas como no sustentadas por parte del organismo fiscalizador, todas ellas se extraen de la misma construcción denominada Laboratorio de gestión del diseño dentro de Ciudad Universitaria, que corresponde al rubro del ejercicio en obra pública.

La primer observación estima que la obra se encuentra inconclusa y no ha sido entregada para su utilización, algo contrario a lo que se había programado, por lo que el ente fiscalizado argumenta que se debieron realizar modificaciones a la construcción lo que contravino en mayor número de tiempo y una reestructuración de la obra y que al no ser autorizada la aplicación de los cambios por parte del centro académico, retrasó su continuidad. Además, no existe evidencia de que el órgano de control interno haya turnado acciones.

La segunda observación refiere que existen deficiencias técnico-constructivas como lo son fisuras y oquedades en la obra, ante lo que la institución argumenta que el perito responsable de la construcción ha determinado que no hay peligro por dichas perturbaciones y determina que se ha turnado oficio a la contraloría interna de la Universidad, ante lo que el OSF responde que no se encuentra sustentada debido a que no existen evidencias de acciones implementadas por el órgano de control, y además recomienda que mejore la supervisión de las obras así como que se presenten informes de las medidas realizadas.

La tercera observación corresponde al incumplimiento de la norma respecto la obligación de registrar los volúmenes excedentes y los conceptos extraordinarios realizados en la obra, ante lo que el ente fiscalizado responde que, por ser una obra a cargo de la institución, no se cuenta con ese esquema de registro. El organismo fiscalizador responde que conforme la normatividad, se encuentra obligada a cumplir con esa obligación, por lo que deberá de aclarar y justificar los motivos por los cuales no se asentaron los registros en la bitácora de obra y a su vez informar las medidas de control interno respecto a las sanciones que se llevarán.

La cuarta observación establece que la mano de obra de la construcción se presupuestó en un millón 429 mil 647.41 pesos, lo cual al ser comparado con la nómina arrojó que el gasto fue de tres millones 35 mil 415.78 pesos, y además no se encontró el expediente de programa técnico y económico que contiene el número de empleados, la categoría y actividades que realizan, así como las percepciones que reciben, ante lo que la institución expone que la modificación en el presupuesto se dio por problemas con la constructora que además ya fue sancionada respecto a la tardía respuesta que produjo tiempos muertos, mismos que tuvieron que ser solventados para concluir la obra en tiempo y forma, elevando con ello el coste de la misma.


Finalmente, la quinta observación señala que el permiso de la construcción fue tramitado en fecha posterior al inicio de la obra, por lo cual se incurrió en una falta, ante lo que se argumentó que la extemporaneidad de la solicitud del permiso de construcción responde a la espera de una condonación por el coste del mismo, acción que no es suficiente para considerar solventada la situación, así el OSF determina que deberá aclararse y presentar documentación que argumente lo sucedido, se dé vista a la contraloría interna y no se vuelva a presentar dicha situación.

 Foto: Roberto Guerra.


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