- Entrará en vigor el 9 de febrero próximo y su reglamento debe ser expedido dentro de los seis meses siguientes, es decir, a más tardar el 9 de agosto.
Fabiola Martínez
México, DF. La Ley General de Atención a Víctimas fue publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Federación, en el espacio correspondiente al Congreso de la Unión, y entrará en vigor el 9 de febrero próximo.
El reglamento de esta ley deberá ser expedido dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigor, es decir, a más tardar el 9 de agosto entrante.
Al tiempo de su publicación, fue programado para este mediodía un evento en el que se presentará el decreto en la residencia oficial de Los Pinos, por parte del presidente Enrique Peña Nieto.
En los artículos transitorios de esta normatividad, cuyo fin es armar una estructura gubernamental para la atención de víctimas y reparación del daño, se establece que el Sistema Nacional de Ayuda, Atención y Reparación Integral de Víctimas, deberá crearse dentro de los noventa días naturales a partir de este 9 de febrero.
En tanto, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, también incluida en esta ley, deberá elegirse dentro de los 30 días naturales, a partir de la integración del sistema mencionado.
Derivado de esta normatividad, se precisan los plazos y operación de la estructura en torno a este tema y se ordena que a más tardar en seis meses, las instancias involucradas de los tres niveles de gobierno armonicen los ordenamientos en torno a esta ley de víctimas.
La ley fue concluida el 30 de abril de 2012; sin embargo, el entonces gobierno del presidente Felipe Calderón interpuso un recurso ante la Suprema Corte, al considerar que esta confección legislativa no se apegaba al objetivo de la nueva ley. Es por ello que se requería de la publicación para su puesta en vigor en los plazos definidos en los artículos transitorios en mención.