La Sala Administrativa Electoral no tendrá alteración ni peligro en sus funciones, teniendo completa autonomía: Román Quiroz - LJA Aguascalientes
14/11/2024

  • Será completamente independiente en el dictado de fallos, aseguró

  • Cuatro impugnaciones a revocaciones de concesión de taxis no han procedido, por no acreditar pruebas

Foto: Gilberto Barrón


La conformación de una Sala Administrativa Electoral no alterará, de ninguna manera, la función jurisdiccional que tiene actualmente el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, así lo afirmó Alfonso Román Quiroz, magistrado de dicho Tribunal, ante la fusión de la materia administrativa-fiscal y electoral que se pretende realizar, derivado de una iniciativa del Ejecutivo estatal y que está por aprobarse en lo particular en el Congreso local.


“Un órgano que ahora conozca la materia electoral de manera permanente […] ha tenido en el país varios formatos. La mayoría de ellos se han creado como tribunales electorales específicos; en el caso de tres estados, se ha manejado la fusión de la materia electoral con la administrativa fiscal; es el caso de Aguascalientes”, detalló.


Mencionó que esta nueva Sala no tendrá una dependencia jerárquica en el dictado de sus fallos del Supremo Tribunal de Justicia, por lo que sería “un órgano único y además uniinstancial”, por lo que sus fallos no tendrán inmediación de ninguna instancia superior. “La sociedad debe de tener la tranquilidad de que va a seguir contando con un órgano imparcial, totalmente autónomo e independiente”, aseguró.



En este sentido, señaló que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo se ha mantenido, hasta este momento, en dicha lógica de autonomía e independencia de sus funciones, por lo que no dudó en que será lo mismo en dicha Sala. Asimismo, afirmó que la decisión que tome el Congreso, sobre la estructura de este órgano, no representará “ningún inconveniente para la función” de éste, pudiendo ser ya no unitario, sino colegiado, integrado por tres Magistrados que se distribuirían la carga de trabajo, lo cual resulta benéfico, sostuvo.


A su vez, sobre la cuestión de la autonomía, indicó que hay quienes afirman que ésta se adquiere cuando el órgano tiene control de su presupuesto, pues de lo contrario no hay tal autonomía, a lo cual difirió, detallando que la “autonomía, verdaderamente, se da en la función, en el dictado de los fallos”, y no en controlar el presupuesto, pues esto da la posibilidad de que los magistrados se concentren totalmente en sus funciones estrictamente jurisdiccionales, sin distraerse en administrar los recursos presupuestales.


En otro tema, sobre las resoluciones sobre las concesiones de taxis a revocar, Román Quiroz mencionó que, en lo que va de este año, se han recibido un total de “15 demandas de nulidad que pretenden que se obligue a la autoridad a la liberación de las concesiones de taxi”, mientras que el año pasado se recibieron aproximadamente 40, dando un total de más de 50 impugnaciones. De éstas, dijo que más del 50 por ciento, se han resuelto por la vía de acuerdo y conciliación entre las partes, dando un desistimiento de la demanda, aunque dijo desconocer las condiciones a las que se llegó en dichos arreglos.


A su vez, señaló que cuatro sentencias han avanzado en la etapa procedimental hasta el dictado de su fallo, en el cual no han procedido dado a que “los particulares que demandan no logran acreditar los hechos en que hicieron valer su demanda, […] sin sustentar las pruebas de la negativa de las autoridades de recibir el pago”. Sin embargo, mencionó que hay otras más en trámite.


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