Cinefilia con derecho / Tizoc: la herencia como estigma - LJA Aguascalientes
21/11/2024

Si el indígena mexicano es dos veces discriminado (por ser pobre y por ser indio) en el caso de Tizoc (1957) el protagonista se suma además el pertenecer a un grupo que es discriminado entre los propios indígenas; la cinta de Ismael Rodríguez proyectará en definitiva a Pedro Infante como el actor mexicano por antonomasia, será reconocido con el premio al mejor actor en el Festival de Cine de Berlín. Si bien no es la primera película de temas indígenas mexicana, la antecedieron entre otras Janitzio (1934) La noche de los mayas (1939) María Candelaría (1943) se inscribe como éstas en las cintas que “están atadas a la compasión o el regocijo que suscita ‘lo pintoresco’, y siempre dispuestos a transferir la estética indígena a cerros y trajes típicos y lagunas y nubes y expresiones estatutarias” (Carlos Monsiváis) legado sin lugar a dudas de la fotografía de Einsestein y la plástica de los paisajistas mexicanos e indigenistas del siglo XIX.

La filosofía del Derecho ha tomado como uno de sus más arraigados objetos de estudio lo referente a la igualdad vs la equidad; al hablar de discriminación no podemos perder de vista ambos conceptos puesto que en la lucha contra las prácticas de racismo, sexismo (y demás ismos) se debe ponderar si lo que se busca es un trato igual o un trato diferente en beneficio de esas divergencias con el resto de la población; evidentemente las medidas encaminadas a uno u otro fin, además de ser diversas, si no se cuidan al exceso, pueden acarrear consecuencias discriminatorias para el grupo no protegido.

La discusión jurídica sobre la discriminación se dirige hacía nuevos grupos (homosexuales, sin papeles, tribus urbanas, etcétera), es punto tratado dentro de los llamados derechos divergentes de las tercera y posteriores generaciones. La discriminación como una forma de entendernos diferentes y  de actuar consecuentemente con esta cosmovisión (evidentemente privada de toda racionalidad) hace en el Derecho, marcadamente en el mexicano, un efecto activador del proceso legislativo puesto que ordinariamente nos encontraremos con una nueva ley como respuesta a estas prácticas discriminatorias. Parafraseando al Dr. Jaime Hugo Talancón Escobedo quien sostiene que las sociedades que más respetan los derechos humanos son los que menos los legislan, luego pues podríamos concluir que en nuestro país existen muchas violaciones por este tipo de cuestiones diferenciales entre individuos. Si bien es cierto, el proceso legislativo no nos dará como resultado la fórmula mágica de la panacea en materia de discriminación, ya que la total erradicación de estas actitudes se encuentra meramente en la idiosincrasia del pueblo, en una reeducación en la tolerancia, en una aceptación del yo en los otros.

Contra este melodrama contemporáneo, cualquier esfuerzo será bien recibido, pensemos en la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación que se publicó esta semana, en la que se hace latente el esfuerzo del Estado por terminar con la violencia ejercida en contra de los grupos más vulnerables, la ley hace una enumeración muy amplia de las situaciones que pueden considerarse discriminativas, si bien es cierto, el catálogo nunca será lo exhaustivo que la realidad requiere, el mismo es solo enunciativo, nunca limitativo.

La ley nos habla también de dos conceptos subrayables; en primera instancia, fomenta el uso de medidas diferenciadas para poder nivelar las desigualdades. Por el otro lado, en la fracción XIX del Artículo 5º de la ley en comento, se establece la limitante en la aplicación de estas medidas antidiscriminatorias: el orden público, el cual no deberá en momento alguno ser contravenido por la implementación de medidas contra la discriminación.

Las medidas legislativas contra la discriminación efectivamente pueden devenir en la solución idónea al menos para que se realice un verdadero fomento a efecto de que se conozca más acerca del tema, así como de las acciones que son consideradas como discriminatorias; resulta interesante además, la vinculación que se hace de la misma con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ya que efectivamente buena parte de las prácticas discriminatorias son llevadas a cabo por funcionarios públicos. Cierto, la ley no hace el hábito, pero resulta oportuna para los tiempos que se viven; si a la aplicación adecuada de la normatividad aquí mencionada, aparejamos un verdadero cambio de actitud individual en que logremos la empatía con el prójimo, quizá llegará el momento en que ni siquiera necesitemos abrir nuestros códigos para saber lo que debemos hacer.

Tizoc es en sí misma ejemplo de discriminación: el indio como ingenuo, sumiso, condenado a arrastrar una mala sintaxis, pero sobretodo obligado a ser el eterno niño que no tiene capacidad de raciocinio: Fray Bernardo (Andrés Soler) trata de hacerle entender mil y una situaciones que a todas luces son comprensibles, pero Tizoc se aferra a una visión infantil, simplista, absurda. La película, célebre entre otras cosas por la melodía Mis ojos te vieron, enseña que más que un asunto de derecho, la discriminación se trata de una cuestión de cosmovisión, arraigada culturalmente por los usos y tradiciones de cada pueblo pero enfatizada por la falta de educación en la tolerancia. Cambiemos nuestros límites de respeto, siempre se puede hacer un poco más por el otro y por nosotros mismos.

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