- Se debió empatar el trabajo legislativo con el judicial: Magistrado Ojeda Velázquez
- Inconstitucional que siga conociendo de las sentencias la autoridad administrativa
A pesar de que el Congreso del Estado, cumplió con la obligación constitucional de para crear los jueces de ejecución de sentencias, el Poder judicial del Estado no ha respondido a lo que ya es ley en Aguascalientes.
“Es una omisión por porte del poder judicial (…) a lo mejor no han capacitado a sus jueces, no se han puesto a trabajar pero se tiene que obedecer la constitución en el sentido que desde le lunes 20 de junio de 2001 deberían de haber estado ya trabajando”, declaró Jorge Ojeda Velázquez, Magistrado del Tribunal Unitario de Circuito del Distrito Federal, quien está en Aguascalientes para impartir el Seminario “Ejecución de Sentencias”, desde ayer y este viernes en la casa de la Cultura Jurídica.
A pregunta expresa afirmó que se debió empatar el trabajo legislativo con el judicial, pues en el caso del primero “ya cumplieron”, pues la aprobación por el Pleno Legislativo Aguascalentense se dio desde el viernes 17 de junio de este año se publicó en el Periódico Oficial del Estado, por lo que desde el domingo 19, día que lo que la reforma constitucional federal señaló como límite para las entidades para la adecuación, ya estaba la ley vigente.
Aunque el magistrado dio el consuelo de que a nivel federal tampoco se ha implementado ni los jueces ni los magistrados especializados en materia penitenciaria.
En opinión del magistrado Ojeda Velázquez, el Poder Judicial debió contratar a técnicos para preparar antes de la fecha limite a su personal, agregó que la reforma constitucional dio tres años de acuerdo al artículo cuarto transitorio, para que los Poderes del Estado hicieran su tarea y cada uno de ellos la implementara en su ámbito de competencia. “Yo ignoraba que aquí el poder judicial no ha hechos su parte”.
El atraso en el arranque del trabajo de los jueces de ejecución de sentencia, el que debió empezar con carga cero, producirá el acumulamiento de expedientes, pues además de no existir estos jueces, los presos tendrán que recurrir al juicio de amparo ante los jueces de distrito, para exigir la garantía de que se revise su sentencia y su posible reducción, desde el 19 de junio de 2011. Añadió que es inconstitucional que siga conociendo de las sentencias la autoridad administrativa, así que lo que se revise ahí es nulo, porque está vigente la ley.