- ¿Improcedente el cobro del impuesto a cajetillas?
- No han concretado ni publicado oficialmente ley que obliga su aumento
Todavía sin definirse el destino exacto que se dará al nuevo impuesto que se cobra a los consumidores de cigarrillos, declaró el subadministrador de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Erick Díaz Domínguez quien indicó que aún cuando el proyecto original que provocara el aumento a este producto ya existe, no se han definido las reglas exactas para la ejecución del impuesto.
“Eso se daría a través de las reglas de resolución miscelánea, las reglas que se publican en ese ordenamiento jurídico básicamente son para regular los procedimientos a través de los cuales se va a llevar a cabo la implementación del impuesto de los cigarros para ejecutarlo en previsión social, aunque todavía no están publicados, ya la reforma está aprobada y efectivamente se señala que lo que se recaude o el excedente de recaudación de ese impuesto a través de los cigarros se va a dedicar a obras de beneficencia para combatir precisamente el consumo del tabaco”.
El propósito con que se justificó la decisión de aumentar el costo de los cigarrillos principalmente atendía a la implementación de una medida preventiva, pues al aumentar el precio de la cajetilla ocasionaría que los fumadores perderían el interés de fumar por el alto costo que le representa consumir tabaco, además, se cumpliría un segundo propósito, ya que lo recaudado a través del cobro de este excedente se destinaría a programas de salud muy específicos para la curación enfermedades provocadas precisamente por fumar. Sin embargo, a la fecha el destino de lo recaudado por el aumento no se ha declarado, sin importar que el cobro ya se esté realizando a los consumidores en todas las tiendas del país.
El subadministrador de Servicios al Contribuyente reiteró que la ejecución de este presupuesto aún no define su regulación total, pues aún está volando qué institución se encargará de ejecutarlo, quien lo habrá de administrar, las obras que se generarán con lo recaudado o la partida específica a la que se destinará: “Todavía no está regulado, tendríamos que esperar a que se publique esas reglas y ver cómo se va a operar o de qué manera se va a trabajar, es decir, ese dinero cómo se va a destinar, quien lo va a administrar, qué obras se van a generar, el fondo a dónde va a dar, qué partidas se van a destinar”.
Al respecto añadió que el desconocimiento de la operatividad de este presupuesto no es específica de las oficinas tributarias de Aguascalientes, sino que se extiende a un desconcierto generalizado en todo el país, ya que se hace del conocimiento de las reglas de ejecución de este impuesto a los Sistemas de Administración Tributaria hasta que la ley quede analizada, establecida, aprobada y finalmente publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF). “Eso no tenemos conocimiento ni aquí en Aguascalientes, ni en México, hasta que los legisladores se pongan a analizarlo, manden el proyecto, se apruebe, lo aterricen y finalmente lo publiquen”.
La pregunta que queda al aire y sin visos o esperanza alguna de que alguien pueda responderla de forma inmediata es cómo es que se implementa una ley que no es ejecutable, o si un impuesto como el mencionado no sería improcedente de cobrar mientras no se especifique o se establezca su operatividad a través del anuncio oficial que se hace por medio del Diario Oficial.