- Aparecen retenciones a empleados que no enteró al SAT, además de desvío en obras
- Resaltan también algunos préstamos personales de las arcas públicas por varios miles de pesos
En lo que corresponde al primer semestre de 2010, las irregularidades detectadas en la cuenta pública del municipio de Asientos ascienden a cinco millones 75 mil 643.98 pesos, donde las más cuantiosas son retenciones a los empleados que ni fueron enteradas a la autoridad recaudatoria y desvíos de fondos para obra social a construcciones con otros fines.
El Órgano Superior de Fiscalización (OSF) detectó retenciones a los empleados de la administración por concepto de Impuesto Sobre Producto del Trabajo (ISPT) por 984 mil 343.13 pesos, mismas que no fueron enteradas al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que deberá responsabilizarse a los funcionarios encargados de hacerlo y, si procede, resarcir la cantidad.
Asientos deberá reintegrar al erario público 285 mil 790.83 pesos que no se justificaron con documentos y que consisten en no haber integrado los expedientes unitarios de tres obras.
“Se observó que se anexan pólizas, oficios como solicitudes de pago y en el cual se detalla el pago de la estimación y se hace mención a un contrato; sin embargo no se tiene un expediente unitario que contenga las estimaciones ni generadores de éstas”, señala el documento e indica que esta situación “impidió llevar a cabo la revisión del gasto público”.
También se encontró un saldo de 55 mil 488 pesos en la cuenta de deudores, monto que se ha mentido desde el 31 de diciembre de 2009 y que corresponde a préstamos personales que se hicieron con cargo a las arcas municipales; lo mismo, pero por 100 mil pesos, en la cuenta de un programa denominado “PROSATI” y sobre lo que el municipio argumentó para solventar la observación fue que “después de analizar el uso de los recursos el tesorero va a proponer al Cabildo en la próxima reunión la posibilidad de que se autorice como una aportación municipal”.
Según el dictamen de la comisión de vigilancia, este ayuntamiento adquirió una pipa “para el departamento de agua potable” en violación de la Ley Patrimonial del estado de Aguascalientes y no presentó documentos que “reúnan los requisitos fiscales que avalen su compra”, habiendo erogado por ella 565 mil 900 pesos. Los funcionarios responsables deberán ser sancionados.
Deberá también dar vista al órgano de control que corresponda, para que responsabilice a los funcionarios que asignaron “la compra de artículos para la elaboración de despensas” sin cotización y 152 mil 642, monto superior a lo permitido en ley para adjudicar directamente, además de no mostrar una lista de beneficiaros de esos productos y de que las cotizaciones dos están mal elaboradas ya que los subtotales no corresponden con el monto total”.
Hay otro pago, éste por 29 mil 600 pesos, que se hizo por “elaboración de lonches” y no se comprobó con documentos que “cuenten con requisitos fiscales”, además de otro pago 16 mil 500 pesos que se erogaron en “renta de inmuebles” y en los que faltaron “recibos con requisitos fiscales” que lo acrediten.
En el destino de los recursos del Fondo de Fortalecimiento Municipal (FORTAMUN), también se detectaron retenciones de ISPT por 525 mil 319.70 pesos que no fueron enteradas al SAT y préstamos “otorgados de los recursos del Directo Municipal al fondo federal ramo general 33 FORTAMUN-DF” por 907 mil 749.27 pesos.
Asientos deberá también sancionar a los funcionarios responsables de “la falta de información a la ciudadanía del ejercicio de los recursos en cuanto al total recibido, proyectos a realizar, monto presupuestado para cada proyecto, ubicación, metas y beneficios” y a los responsables de “la ausencia de diversos documentos en los expedientes unitarios” de ocho obras.
Tendrá que reintegrar a las arcas municipales siete mil 888 pesos que no se justificaron suficientemente y que fueron erogados en la contratación de la empresa SUSAR LÍDER ELÉCTRICO SA DE CV en diciembre de 2009 “para la realización del proyecto ejecutivo y posteriormente adjudicaron la obra en cuestión el día 4 de marzo de 2010 a la misma empresa, la cual cobra sus honorarios del trabajo realizado en el mes de diciembre dentro de la primera estimación, como si hubiera sido realizada durante el periodo del 5 al 29 de marzo de 2010”.
Igualmente, un millón 444 mil 423.05 pesos que se atribuyen a un desvío en obras con fines distintos a los del Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM), que son abatir el rezago social y la pobreza extrema.
Ese monto se destinó a las obras “Cancha de Basquetbol”, “Construcción de Pavimento Hidráulico”, “Rehabilitación de Alcantarillado” y “Construcción de Guarniciones Banquetas y Pavimento”, que no entran en los rubros del FISM.
Sobre su gasto en obra pública también se ordenó a Asientos deslindar responsabilidades “por la omisión en la justificación de forma suficiente de la razón por la cual no fue expedida una licencia de construcción simultánea al tiempo real de ejecución” de la antes citada Construcción de Pavimento Hidráulico.
Que el órgano de control que corresponda “deslinde las responsabilidades administrativas y demás que resulten procedentes” por no justificarse suficiente y documentalmente por qué “no se entregó la garantía de Vicios Ocultos conforme a lo que establece la ley, toda vez que el contratista entregó una póliza de vicios ocultos expedida el 21 de mayo de 2010, sabiendo de antemano que el término de la obra fue el 7 de mayo de 2010, dejándose 14 días sin garantía, perdiéndose en cualquiera de los supuestos la oportunidad de garantizar los trabajos de la obra una vez concluidos” en la construcción de Guarniciones Banquetas y Pavimento.
Lo mismo en el caso de la justificación insuficiente del por qué “los laboratorios contratados para llevar a cabo los trabajos de revisión de la calidad no cuentan con las certificaciones correspondientes de la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA)” y por qué las cuatro obras ya observadas “son de fechas posteriores al término de la obra”.
Finalmente, que el órgano de control responsabilice a los funcionarios que no justificaron suficientemente por qué “se realizaron pagos bajo los conceptos que establecen en unidad de medida la unidad “lote” en relación con la obra Ampliación a la Red Eléctrica”.