Aprueban reformas a la legislación penal sobre los delitos electorales - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  •  Cuestiona la oposición que sea después del proceso pasado

La comisión de justicia en el Congreso local avaló ayer la iniciativa de reformas y adiciones a la legislación penal del estado mediante la cual se tipificaron algunos delitos electorales y se establecieron penas punitivas para quienes los cometan, aprobación que fue cuestionada por los diputados del Partido Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) al haberse dado ayer, mientras que la propuesta ingresó al Legislativo desde septiembre de 2009.
El dictamen que se subiría al pleno esta semana adiciona algunos incisos y modifica otros en las fracciones XV y XIX del artículo 87 de la Legislación Penal del Estado de Aguascalientes, en los que se establece como delito “permitir o tolerar que una persona vote sin que cumpla con los requisitos de ley; introducir en urnas o sustraer de ellas, o bien permitir que se introduzcan en las urnas o se sustraiga de ellas una o más boletas electorales en forma ilícita e introducir o sustraer ilícitamente de urnas una o más boletas electorales en forma ilícita”.
De vuelta en el Congreso tras la licencia que se le concedió para contender por la gubernatura, la diputada perredista Nora Ruvalcaba Gámez cuestionó el problema sociológico que se pretendía resolver, a lo que el promovente César Cervantes Mena respondió que se trata de dar respuesta al clamor de la ciudadanía y aludió a ilícitos de este tipo que “se registraron en la elección de 2006”.
Por su parte, el panista Jesús Martínez González ironizó comentando que “hubiera sido mejor avalarla antes de los comicios recientes y así se hubieran inhibido las prácticas ilegales propias de los llamados mapaches electorales”.
Además de los nuevos delitos, la legislación local ya contemplaba los de “dar a conocer dolosamente a cualquier medio masivo de comunicación o persona información falsa antes, durante o después del desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados”, “contratar propaganda en radio y televisión, prensa o internet, a favor o en contra de un partido político, candidato o precandidato” y “difundir, en cualquier tiempo, a nombre de cualquier aspirante, precandidato, candidato, asociación política nacional o estatal, o bien partido político, cualquier programa gubernamental sin incluir, claramente visible o audible, la leyenda este programa es público y ajeno a cualquier partido político”.
La modificación establece penas de entre seis meses y dos años de prisión para delitos previstos anteriormente y para el caso de introducción o extracción de boletas; para los otros casos, marca que los responsables serán castigados con desde dos hasta seis años de cárcel “así como la suspensión de sus derechos político-electorales por el término de cuatro a seis años” y para el caso de la difusión de programas prevé de tres meses a un año de prisión y entre mil y dos mil días de multa.
La comisión avaló también la reforma a las leyes Orgánica de la Administración Pública, de Catastro, del Notariado y el Código Civil que permitirán la modernización del Registro Público de la Propiedad.


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