Aprueba el cabildo de la capital descuentos a morosos - LJA Aguascalientes
18/11/2024

  •  Hasta un 40% de descuento a los comerciantes morosos 
En sesión extraordinaria de Cabildo, se aprobó por unanimidad de los regidores la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente al mes de abril de 2010, la cual fue presentada por la Comisión Permanente de Hacienda, siendo de $13’581,144.36 pesos mensuales y un acumulado de  $261’295,422.19 pesos.
 
Asimismo, por unanimidad de votos, el Cabildo aprobó las Reglas de carácter general que contienen las políticas de descuento y/o subsidio de los ingresos establecidos en la Ley de Ingresos para el ejercicio 2010, así como para algunas contribuciones municipales pendientes a ejercicios fiscales anteriores, es decir, el ayuntamiento de Aguascalientes otorgará hasta un 40 por ciento de descuento sobre las contribuciones que se adeuden y que hayan sido generadas durante los años 2008 y 2009 exclusivamente, con motivo de las actividades realizadas durante la Feria Nacional de San Marcos en dichos años, ya que la cartera vencida asciende a un total de $1,052,666.00 pesos.
 
En la misma sesión  por mayoría de votos, se aprobó la iniciativa del decreto por el que se modifican los artículos 340 y 341 del Código Municipal de Aguascalientes, que presenta la Comisión Permanente de Agua Potable y Saneamiento de la siguiente manera:
 
Artículo 340: Son faltas contra la propiedad pública y se sancionarán con arresto hasta por treinta y seis horas, o multa de tres a treinta días de Salario Mínimo General Vigente en el Estado:
 
Ubicar en forma no autorizada conexiones a cualquiera de las instalaciones del sistema de redes de agua potable y alcantarillado municipal.
 
Destinar el agua potable de uso domestico a otro no autorizado.
 
Artículo 341: Son faltas contra la salubridad y el ornato público y se sancionarán con arresto de hasta treinta y seis horas,  o multa de tres a treinta días de Salario Mínimo General Vigente en el Estado:
 
Arrojar a los drenajes basura, escombros, desechos materiales, sustancias tóxicas, lodos y productos de los tratamientos de aguas residuales que contaminen o puedan obstruir su funcionamiento.
 
Se adiciona una Fracción al mismo Artículo:
 
Descargar aguas residuales contaminantes, contrarias al permiso otorgado por la autoridad  municipal correspondiente.
 
En otro orden de ideas, el Cabildo aprobó por mayoría de votos el decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 162 del Código Municipal de Aguascalientes, presentada por el alcalde de la capital Adrián Ventura Dávila, el cual corresponde:
 
 Para la creación de un órgano administrativo desconcentrado, descentralizado o un fideicomiso público, por parte del H. Ayuntamiento, se requerirá previamente de un dictamen de la comisión del ramo administrativo que corresponda, así como un dictamen de la Comisión de Hacienda que determine la viabilidad financiera  y administrativa de la creación del órgano o fideicomiso propuesto, el cual deberá ser emitido tomando en cuenta el análisis elaborado por las Secretarias de Finanzas y de Administración.


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