Por ley, es el ayuntamiento quien debe transparentar acciones de Caasa - LJA Aguascalientes
16/03/2025

  •  No se contempla convertirla en sujeto directamente obligado

Es el municipio capital quien está obligado a rendir cuentas sobre el servicio de la Concesionaria de Aguas de Aguascalientes (Caasa) y no la propia empresa, conforme la ley de transparencia, pues establece que todos aquellos particulares u organismos que reciban cualquier tipo de recursos públicos deben transparentar los montos de los mismos a través de la dependencia que se los entrega.

En fechas anteriores, un académico expuso que debería obligarse a la concesionaria a transparentar sus acciones para que, eliminando la opacidad en el manejo del recurso hídrico, se redujera la carestía que priva en la entidad.

Octavio López Rodríguez, comisionado presidente del Instituto de Transparencia del estado, explicó que al tener el municipio la facultad de concesionar servicios, como es el caso del de agua potable, debe cumplir con la condición de que haya “un beneficio general para la ciudadanía” y  una conveniencia para la administración municipal, e incluso señaló que eso está establecido en el contrato entre Caasa y el ayuntamiento, cuya última modificación se realizó en 1996 y por 30 años.

En ese sentido, indicó, el propio municipio debe informar “cuánto recibo por la concesión, los beneficios que recibo” al otorgar a Caasa la concesión de este servicio.

López Rodríguez indicó que, con base en el artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información para el estado de Aguascalientes, de igual manera deben proceder los sindicatos y las cooperativas, pues se establece que “los sujetos obligados deberán hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a las que entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso de y destino de dichos recursos”, afirmando que este término se refiere a cualquier beneficio por parte de una dependencia o entidad de la administración pública que reciban para su operación, como son las concesiones, los permisos, entre otro tipo de apoyos.

En el caso de la “persona”, aclaró, se trata tanto de las de carácter físico como las de tipo moral.

No obstante, admitió que aunque se encuentra en la ley, no está de manera explícita señalado y en ese sentido, consideró viable una modificación de forma a la legislación en la materia para que queden claras las obligaciones de rendición de cuentas de cada institución, mas negó que entre las propuestas de reforma que se trabajan en el ITEA para renovarla haya la intención de convertir, en este caso  a la concesionaria, en un sujeto obligado directamente.


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