- Sirve para segundas opiniones, preparar cirugías o simplemente por certeza
- Sólo en caso de hospitales y clínicas públicas; falta regular instancias y consultorios privados
Por ley, desde 2006, la ciudadanía tiene derecho de acceso a sus expedientes clínicos, que contienen desde las recetas hasta los resultados de análisis y diagnósticos hechos a lo largo de su vida en una institución de salud. Y antes no era tan socorrido este recurso de información, “de un año a la fecha, (los ciudadanos) ya piden más sus expedientes” mediante la herramienta de transparencia.
La utilidad de contar con la información contenida en un expediente médico, según refirió el comisionado presidente del Instituto de Transparencia de Aguascalientes (ITEA), César Octavio López Rodríguez, se puede ver reflejada simplemente en el interés de contar con el historial médico propio o bien cuando se busca una segunda opinión sobre un diagnóstico o se prepara una intervención quirúrgica.
El acceso a esta información requiere acreditar la personalidad y el interés jurídico que se tiene para solicitarlo: puede conocerse el expediente de quien lo solicita o bien, por citar un ejemplo, las madres pueden solicitar el archivo clínico de sus hijos.
Hasta ahora, únicamente son sujetos obligados los hospitales, clínicas y centros de salud pública y, en el caso de Aguascalientes, el hospital Miguel Hidalgo y el procedimiento consiste en hacer la solicitud por escrito o vía Internet ante la unidad de enlace del Instituto de Salud del estado (ISEA), del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y, en el caso del hospital Hidalgo, ante su propia unidad de enlace.
La información podrá, según se haya solicitado, ser puesta a disposición del solicitante para su consulta o en copia digitalizada por correo electrónico, lo que no tiene costo; ser entregada en fotocopia simple, pagando un peso por hoja, fotocopia certificada o copia en dispositivo magnético, formatos en los que el costo es un poco más elevado.
El titular del ITEA aseguró que “nosotros no hemos tenido algún recurso de inconformidad o alguna negativa de acceso” relacionadas con este caso.
El caso de hospitales privados
Si bien los hospitales y clínicas del sector salud del estado están contemplados dentro de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la entidad, no es así en el caso de los entes particulares, admitió López Rodríguez.
En la ley de protección de datos personales que tiene actualmente en sus manos el senado de la República ya se contempla hacer sujetos obligados a los nosocomios privados en lo referente a la entrega de expediente clínicos, así como las sanciones a las que se harían acreedores en caso de negar el acceso a esa información o hacer mal uso de ella.
“Esto nos obliga más a que haya una ley de datos personales aquí en la entidad; no sólo esa ley ya va a tener que abarcar los entes públicos, sino también los particulares”, recalcó el comisionado, señalando que en este último caso quedarían obligados no sólo hospitales y clínicas privadas sino también consultorios y cualquier instancia médica privada que cuente con un expediente de los pacientes.
El proyecto que el ITEA, sin facultad de proponer iniciativas, presentará al Congreso y al ejecutivo estatal para una ley de protección de datos personales contemplará este punto, entre otros, y estará lista alrededor del 14 de mayo.