- Entre las cuasas del castigo están el ocultar la información y uso indebido de documentos
- Fueron ocho los funcionarios de la administración anterior inhabilitados por ésta
Los seis motivos por los cuales la contraloría municipal inhabilita durante 14 años al ex alcalde Martín Orozco Sandoval fueron omisión de cumplir con la máxima diligencia de su cargo, que derivo en un ejercicio indebido del mismo; ocultación y uso indebido de documentos e información a los que tenía acceso por su cargo al frente de la presidencia municipal; incumplimiento del mandato del cabildo como su superior jerárquico al firmar una escritura por una superficie diferente a la autorizada; omisión de excusas por intervenir en asuntos donde tenía interés personal, familiar y de negocios; abandono de su obligación de informar a sus superiores jerárquicos acerca de actos y omisiones de diversos servidores públicos, que estaban bajo su dirección e incumplimiento de disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público.
La contraloría municipal dio a conocer estos puntos a través de un boletín de prensa en el que se precisa que los cargos vertidos hacia Orozco Sandoval violan las fracciones I, IV, VIII, XIV, XX y XXI del artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
Esta ley por la cual se rigen los funcionarios públicos estipula hasta dónde pueden o no llegar en su desempeño laboral “para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que han de observarse en el servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan a su empleo”.
Las siete inhabilitaciones restantes, emitidas por la contraloría están basadas en el mismo artículo de esta ley. El resto de ex funcionarios de la anterior administración que quedan apartados de la posibilidad de ejercer como funcionarios tienen en sus sentencias desde tres meses hasta tres años.
Para Gabriel Ochoa Amador, quien fuera secretario del Ayuntamiento, la inhabilitación por tres años comparte con la de Martín Orozco el uso indebido de información para beneficio propio así como la firma de las escrituras de un terreno. También el inciso que alude a desacatar el mandato del cabildo como órgano superior en jerarquía.
Para el ex secretario de desarrollo urbano, Francisco Javier Rodríguez Anaya, las causas de la inhabilitación por tres años tienen que ver con incumplir las disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público, la omisión de cumplir debidamente con su cargo y la ocultación de información a la que tenía acceso. En este caso, no se menciona infracción alguna por la compra de terrenos indebidos.
Los ocho meses de inhabilitación impuestos a los ex regidores Héctor Eduardo Anaya Pérez, Ricardo Meza Calvillo y Salvador Pérez Sánchez están justificados “en razón del cargo desempeñado, la percepción o ingreso que los mismos tenían”.
Para Javier Olivares Macías y María Elena Martínez Cabral, quienes fueran director y jefa de departamento de la secretaría de desarrollo urbano, la condena a tres meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos tiene que ver, como en los anteriores casos con la ocultación de datos, incumplimiento de directrices jurídicas y de cumplir con la máxima dirigencia de su cargo.