Sin estudio de derecho comparado, aprueban reformas para actos de traslado de dominio - LJA Aguascalientes
20/11/2024

  •  Apenas ayer fue encargado análisis del IIL, solicitado desde noviembre pasado
  •  Ve Nora Ruvalcaba intenciones de beneficiar al municipio capital con la decisión

 

Pese a haber sido propuesto por la legisladora Nora Ruvalcaba desde noviembre pasado, el estudio de derecho comparado de la legislación existente en el país en torno a los actos de traslado de dominio por parte de los ayuntamientos fue solicitado apenas ayer al Instituto de Investigaciones Legislativas (IIL) del Congreso local por el presidente de la comisión de planeación y desarrollo urbano, Edgar Bussón Carrillo.
Así lo informaron el propio Bussón Carrillo y el titular del IIL, Lorenzo Rodríguez Gallardo, quien indicó que lo que hasta el momento se ha entregado a la comisión es un comentario solicitado a manera de asesoría, desde 2008, por el contralor del Congreso, Salvador Farías Higareda, y que daba cuenta de la inexistencia de legislación en la materia en otros municipios del país.
Mientras tanto, el legislador priísta informó que la iniciativa ya fue dictaminada y aprobada por las comisiones unidas de vigilancia, fortalecimiento municipal y planeación y desarrollo, y comentó que podría ser turnada al pleno en la sesión ordinaria de esta semana a fin de reducir el rezago legislativo existente, incluyendo los cinco incisos que evitaban el acaparamiento de terrenos a manos de unos cuantos.
Las reformas a los artículos 292 y 293 del Código Urbano fueron aprobadas en comisión desde el 15 de octubre del año pasado y, al presentar el dictamen al pleno del Congreso, devueltas para su análisis a ésta y las otras dos comisiones mencionadas, a petición de la presidenta de fortalecimiento municipal, Nora Ruvalcaba Gámez.
Entrevistada ayer por La Jornada Aguascalientes, la legisladora aseguró que, pese a haberse reunido con los representantes de los 11 ayuntamientos de la entidad, el último dictamen del que tuvo conocimiento “no contenía las observaciones que habían hecho o que habían expresado los representantes de los presidentes municipales” ni los incisos que condicionaban la venta, permuta o comodato a que el destinatario fuera una institución no lucrativa.
Aseguró que, en su momento, los ayuntamientos consideraron que la iniciativa los perjudicaba, al reducir el porcentaje de las superficies de donación que podrían negociar, aún sin los candados que el Código establece. Dijo que “incluso expresaban cómo sí se había avanzado, pero en materia de que cuando fueran fraccionamientos pequeños, se unieran todos y que la misma zona de donación la manejaran de manera conjunta para que pudieran ellos aprovechar extensiones mayores de terreno”.
Calificó la aprobación de estas reformas como una acción “dirigida y destinada al municipio de Aguascalientes, que es el que goza de las mayores extensiones de terrenos”, a fin de que se le eliminaran los “candados” que le impedían comerciar con el mejor postor, aunque fueran superficies menores.
Finalmente, Ruvalcaba Gámez sentenció que si el dictamen es aprobado por pleno, “primero tiene el error de no ser general; es decir, no beneficia a todos los municipios”, sino únicamente al de la capital.

 


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