A tres años de su creación, el Sistema de Justicia para Adolescentes no se aplica a cabalidad en Aguascalientes - LJA Aguascalientes
15/11/2024

  •  Faltan recursos económicos y humanos, además de infraestructura y más reformas

El gobierno de Aguascalientes publicó la Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes en el Periódico Oficial del Estado del 11 de septiembre de 2006, en consonancia con tratados y convenios internacionales y con la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que obligaba a las entidades a crear este nuevo sistema, con todo lo que ello implicaba.
A diferencia del sistema tutelar que prevalecía desde los años 30 ó 40, los menores de edad que cometieran un delito ya no fueran juzgados como adultos, “además de que se iba a velar por su interés; esto es, que no se les iban a imponer penas, más bien se les iba a reeducar” para reinsertarlos a la sociedad.
Así, según explicó el magistrado especializado en justicia para adolescentes, Fernando González de Luna, todas las garantías del menor de 18 y mayor de 12 años de edad que comete un delito son respetadas, pero destaca más que el nuevo sistema sustituyó las penas privativas de la libertad por “medidas cautelares”, quedando como
pena mínima un desembolso económico para reparar el daño o para asegurar la comparecencia en el proceso y como máxima, el internamiento en el domicilio particular del procesado o en el Centro Especializado para el Desarrollo Adolescente (CEDA), siempre que fuera mayor de 14 años.
Sin embargo, consideró González de Luna, el Sistema de Justicia para Adolescentes no se ha podido implementar a cabalidad en Aguascalientes, principalmente por falta de recursos humanos, económicos y de infraestructura.
Y es que, tras elaborarse la ley, se requirieron dos juzgados especializados, “se instauró, digamos medianamente (…) el sistema de justicia oral para los adolescentes y, en el ámbito de creación de las medidas, se pasó del Centro Tutelar de Menores al Centro de Retención para Adolescentes”.
Este centro, comentó, “tiene muchas deficiencias, no se le ha invertido lo necesario; está diseñado para albergar nada más a varones”, por lo que tuvo que ser adecuado para separar un área para mujeres. Además, aunque la ley prohíbe mezclar menores de edad con adultos, muchos de los procesados bajo este sistema lo están siendo por delitos que cometieron siendo menores de edad pero hoy ya no lo son.
Es decir, “debe haber un área especializada” para ellos, también dividida para hombres y para mujeres.
De acuerdo con la defensora de oficio especializada, Paulina Díaz Guzmán, actualmente en el CEDA hay alrededor de 30 varones y sólo una adolescente, madre de una hija de tres meses de edad.
En cuanto a la impartición de justicia, el magistrado evaluó que también se requiere una mejora en los juzgados para adolescentes, pues se hicieron de manera improvisada y en un espacio donde la separación del sistema tradicional para adultos no se concreta.
De igual modo, la modalidad de juicios orales aún “remite en muchas cuestiones procesales a la legislación penal de Aguascalientes y ésta no contempla un sistema oral. Entonces, a la hora de aplicar las figuras (…) pues van bajo el sistema tradicional”.
En ese sentido, dice, “hay dos opciones: que se vaya a la par (de la aplicación del sistema de justicia oral), o bien, reformar el sistema de justicia para adolescentes y crear su propio sistema, totalmente sin depender de la legislación penal”, aunque juzga más conveniente la primera.
González de Luna afirma que, tanto del ejecutivo como del Congreso han recibido expresiones de interés, pero aún no se hace la inversión necesaria.
A su vez, Díaz Guzmán añadió que actualmente, por falta de una ley a nivel federal, el juzgado especializado local lleva asuntos del fuero federal, en los cuales se aplica todavía el sistema tutelar por esta misma razón, lo que es inconstitucional.
Consideró que también hacen falta convenios hacia el exterior del Centro de Desarrollo, en los que se involucre la participación de Asociaciones Civiles en los casos donde los jóvenes, al salir, no cuentan con un hogar o una familia con quien acudir, o bien para aquellos que presentan adicciones o requieren apoyo terapéutico, pues sólo existen algunos con instituciones públicas en materia de salud, educación y rehabilitación, pero para quienes se encuentran internos.
A juicio del magistrado, la reforma fue positiva porque con el sistema tutelar, cualquier menor que fuera considerado en estado de riesgo, sin haber cometido infracción alguna, podía ser sustraído por la autoridad, decidiendo su destino el Consejo Tutelar de Menores; de esta manera podía permanecer en el centro tutelar por tiempo indefinido “y lo peor del caso es que se revolvían con muchachitos que sí habían cometido delitos”.
También, dijo, lo fue al subir la edad penal de 16 a 18 años, aunque esto generó “un problema en cuanto a los que estaban siendo procesados como adultos (…) y más los que estaban sentenciados”, incluso por delitos graves, “con penalidades de 15 a 20 años y que al adecuarse al nuevo sistema (…) bajan a cinco o seis años”.
Muchos de ellos ya habían cumplido ese plazo y fueron liberados; en otros casos, tuvieron que cumplir un par de años más o les fue repuesto el proceso, ahora bajo el nuevo sistema de justicia, debido que el principio de irretroactividad de la ley aplica cuando es en perjuicio de la persona y en esta situación, era en beneficio.
Añadió que “aquí en Aguascalientes ya se modificó esta situación y ya por secuestro y homicidio se pueden imponer hasta 20 años”, siempre que la persona sea mayor de 16 años, edad a la que ya puede recurrirse a medida de internamiento en los casos que así lo ameriten.
Otro beneficio, señaló, es “que ya hay certeza de lo que está pasando”; es decir, se sabe cuántos adolescentes infractores hay y se sabe el proceso que se les está aplicando, declaración que quedó corroborada con la información solicitada por ley de transparencia, con respecto al período 2000-2006, declarada inexistente por el propio Poder Judicial del estado.
Sobre las críticas de que el nuevo sistema es excesivamente proteccionista de los menores, comparó que antes podía o no protegérseles y que “además había muchos adolescentes inocentes que estaban ahí porque no tuvieron derecho a una defensa”, mientras que actualmente “es un proceso muy meticuloso donde sí se les va a determinar una responsabilidad”.
Ambos especialistas subrayaron que la finalidad de la reforma es reeducar y reinsertar al adolescente, pero al mismo tiempo sus comentarios difirieron pues, en palabras de ella, el sentido del nuevo sistema “no es porque no entiendan las consecuencias de sus actos, sino precisamente porque las entienden” y es por esto que en el nuevo sistema se involucra en el proceso a la autoridad, el acusado, los padres y el ofendido y que las medidas de internamiento son la última de las soluciones.
Mientras tanto, González de Luna sostuvo que el rango de edad que comprende el Sistema de Justicia para Adolescentes es uno en el que los jóvenes aún no alcanzan a discernir la dimensión de sus actos.


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