Determina TLE que sea hasta el 5 de abril la fecha límite de separación - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  • Decidirán los aspirantes con base en los estatutos de cada partido
Será el 5 de abril de 2010 la fecha límite de separación de cargos públicos para quienes aspiren a contender en la elección local del año entrante, de acuerdo con la sentencia que Tribunal Local Electoral (TLE) hizo pública ayer por la mañana y que determina también que sean todos los funcionarios, según el puesto al que aspiren, quienes deban acatar la medida. 
A más tardar en esa fecha deberán dejar su puesto los actuales funcionarios que busquen una curul en la LXI Legislatura local, una regiduría en cualquiera de los 11 ayuntamientos, así como una alcaldía o la gubernatura estatal, cargos que serán renovados en julio del próximo año. 
En cumplimiento a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TLEPJF), que además de definir la fecha ordenó al Poder Judicial de Aguascalientes señalar quiénes deberían acatarla, el magistrado presidente del TLE, Rigoberto Alonso Delgado, detalló que serán quienes tengan un cargo de elección popular y los altos funcionarios “como el procurador, los magistrados, jueces, secretarios, delegados federales”; es decir, funcionarios quienes tengan cargos de elección popular a nivel federal, estatal o municipal, que aspiren a contender por una diputación; mientras tanto, para las presidencias municipales, regidurías y gubernatura, aplicará a cualquier servidor público en los tres niveles de gobierno. 
Tras un día y medio de trabajo de estudio del toca electoral 01/2009, que sustituyó al 05/2009 y acumulados, y una redacción que tomó desde el medio día del sábado hasta aproximadamente las 11 de la noche, Alonso Delgado señaló en entrevista con La Jornada Aguascalientes que la sentencia establece que la separación de cargo deberá darse “90 días antes del día de la elección”, tal como lo marca la Constitución local. 
Explicó que, “nosotros tomamos en cuenta que la Constitución local es la norma fundamental del estado y que el Código electoral es una norma reglamentaria de la Constitución; o sea, el Código tiene su origen en la Constitución del estado, por tanto tiene que sujetarse a lo que ésta dice y, si tiene una norma que la contraviene, pues debe prevalecer la norma que está reglamentando”. 
Comentó que, al haber presentado apelación del acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEE) respecto a este requisito de elegibilidad 49 actores, entre los que se encuentran Gabriel Arellano, Adrián Ventura, Abel Hernández, Carlos Lozano –quien ya solicitó licencia como senador-, Eloy Reyna, Cesar Cervantes y representantes de los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista y Nueva Alianza, serían estos promoventes, el IEE y el TEPJF a quienes primero se notificaría, en el transcurso de ayer domingo y hoy, a razón de que muchos de sus domicilios señalados son de oficinas. 
Y aunque con esta decisión los funcionarios interesados en alguna candidatura tendrán dos meses más para permanecer en sus cargos (la mayoría tenía pensado dejar el cargo el 20 de enero), falta tomar en cuenta los estatutos de cada partido político, que establece de otra manera una fecha de separación para registrar a los precandidatos y candidatos en lo interno. 
En el caso de gobierno del estado, las autoridades han señalado que ya no se prevén renuncias de funcionarios con motivos electorales; sin embargo, suena insistentemente el nombre de la actual secretaria de desarrollo social, Beatriz Cañizo Cosío, para una diputación por el décimo distrito. En el Poder Legislativo hay cuando menos cuatro diputados panistas, cuatro del PRI y probablemente otros dos del PRD y Convergencia con aspiraciones en el proceso electoral que inició el 1 de diciembre, además trabajadores administrativos y asesores que también están interesados. 

 


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