El acuerdo del IEE - LJA Aguascalientes
09/04/2025

l viernes pasado, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), estableció, mediante un acuerdo, como fecha límite para que se separen del cargo los funcionarios públicos que deseen participar en la próxima jornada electoral, el próximo treinta del presente mes.

En mi opinión, el citado acuerdo está plagado de diversas
irregularidades, violenta la normatividad existente en la materia
(suplantando en términos de interpretación artículos del Código
Electoral y de la Constitución Política del Estado, sin tener facultad
para ello), trayendo por consecuencia el enrarecimiento del clima
político.

El Consejo General del IEE ejerció atribuciones que no le
corresponden, violando el Principio de Legalidad, en donde se establece
que las autoridades sólo pueden actuar con base a facultades expresas
previamente establecidas en la ley. El Código Electoral del Estado no
le da al Consejo del IEE la facultad para emitir un acuerdo de
interpretación, máxime si la tesis de jurisprudencia de la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en
la que se basaron los consejeros es aplicable sólo si la legislación
vigente no fuera suficientemente clara, situación distinta a la que se
presenta en la entidad.

El artículo octavo, fracción IV del citado Código es muy claro con
respecto a los requisitos de elegibilidad para ser gobernador, diputado
o miembro del ayuntamiento; a la letra dice así: “No ocupar cargo de
elección popular o ser funcionario o servidor público de alguno de los
tres niveles de gobierno Federal, Estatal o Municipal, a menos que se
separe de su cargo, noventa días antes de la fecha de su registro como
candidato”; así mismo el artículo 187 del mismo Código indica que el
registro de candidaturas durante el proceso electoral en que se
renueven el titular del Poder Ejecutivo, el Congreso del Estado y
Ayuntamientos, se hará del día 20 al 30 de abril, por lo que la fecha
límite establecida por el Código Electoral para que los funcionarios
públicos que decidan participar en las elecciones del año entrante
renuncien a sus cargos es el 20 de enero.

No es ninguna novedad que la decisión del Instituto Electoral del
Estado (IEE), lejos de tener sustento jurídico, responda más a
intereses particulares de algunos actores de la vida política de la
entidad, preocupados en desestabilizar y enrarecer el ambiente local.
La legislación es muy clara y no deja lugar a dudas, debemos ser
respetuosos de los tiempos establecidos en la legislación vigente y
dejar de lado el revanchismo político.

El Instituto Electoral del Estado debe enfocar sus esfuerzos en dar
certidumbre a la sociedad y velar por el cumplimiento de las normas
electorales vigentes, evitando el desgaste político innecesario y
dejando de lado los intereses de grupos o partidos. n

 

 fpalomino@mail.com



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