La ley no limita la proliferación de universidades de poco prestigio y que no acreditan sus programas ante la Secretaría de Educación Pública (SEP), señaló Pablo López Andrade, director general de Acreditación Incorporación y Revalidación de la SEP, durante su visita al estado con motivo de la “Primera Reunión Nacional de Análisis de Políticas y Determinación de Criterios Relativos al Control Escolar”; ante esta situación dijo que lo único que exige el artículo 59 de la ley de general de educación estas instituciones es que en su publicidad adviertan que no tienen registro ante la autoridad educativa, de no hacerlo se hacen acreedoras a una sanción administrativa, pero precisó que la norma no estipula su clausura.
Explicó que esto sucede puesto que en la Constitución se establece como un derecho la impartición de educación como un derecho de todos los ciudadanos, por lo que no se puede prohibir a un particular que instale una universidad. Indicó que sólo en la educación básica y la normal, la constitución no permite que un particular preste el servicio educativo si antes no cuenta con la autorización expresa del estado, “de no contar con estos permisos, se clausuran los centros”, apuntó que estas acciones son de competencia local.
Reconoció que universidades sin validez oficial de los estudios han proliferado en el país, pero destacó que además de identificar si una institución de educación superior cumple con esta característica, los usuarios de estos servicios, deberán observar si la universidad cuenta con la acreditación del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SIES) o El Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A. C. (COPAES), “las instancias calificadoras juegan un papel muy importante pues además de certificar que las instituciones cumplan con todo los requisitos para prestar el servicio sino que ya se meten a temas de fondo de la prestación de los servicios educativos”.
Expresó que tanto el SIES como el COPAES, se encargan de garantizar que la institución educativa tiene ciertos estándares de calidad, nacionales e internacionales. Por todo lo anterior López Andrade señaló que las recomendaciones que se le hacen a aquellas personas que piensan ingresar a una institución de educación superior, es que cuente con su registro ante la SEP pues de lo contrario al terminar alguna licenciatura no se podrá tramitar la cédula profesional; y segundo que la universidad esté acreditada ante algún organismo sobre la calidad educativa que se imparte, “ estas medidas van a garantizar al egresado un papel en la sociedad más importante que si estudia en una institución que no cumple con ello”.
Sobre los tiempos para realizar los trámites de acreditación señaló que los trámites administrativos desde el inicio del proceso tardan hasta 45 días, sin embargo dijo estos tiempos se pueden alargar debido a las cargas que hay de procesos de acreditación en trámite, pero subrayó que independientemente del tiempo que tarde lograr una acreditación, la parte importante es que la autoridad revise cuidadosamente las solicitudes, “porque se están dando ese respaldo social a una institución educativa”.