La Sala Superior del Supremo Tribunal de Justicia determinó dejar sin efectos el decreto 283 del Congreso del estado, por el que se eligieron a los nuevos consejeros electorales que entrarían en funciones en marzo de 2010.
En la resolución se lee que “es fundado el incidente de inejecución de la sentencia dictada el veintinueve de julio de dos mil nueve, en los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, relativos a los expedientes SUP-JDC-638/2009 y acumulados”, señalaron los magistrados en el primer punto de la sentencia.
El segundo punto de la misma señala que “se revoca el Decreto número 283, de fecha veintinueve de julio de dos mil nueve, emitido por el Congreso del Estado de Aguascalientes.
“Se ordena a la Comisión de Asuntos Electorales de la LX legislatura del Congreso del Estado de Aguascalientes, así como al referido Congreso para que, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la presente ejecutoria, realicen las actuaciones precisadas en el último Considerando de esta sentencia.
“Se vincula a la Diputación Permanente del Congreso del Estado de Aguascalientes, para que coadyuve al exacto cumplimiento de la presente sentencia.
“Se apercibe a la autoridad responsable así como al Congreso del Estado de Aguascalientes de que, de no cumplir en tiempo y forma lo requerido, les será impuesto el medio de apremio conducente, previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación”, se lee en la resolución.
Historia round por round.
El 29 de julio de este año, al mismo tiempo que se realizaba una sesión en el Congreso del estado, también la corte sesionaba para resolver sobre una queja de varios de los actuales consejeros electorales. La sesión del Congreso, básicamente se realizó para que los nuevos consejeros tomaran protesta.
La historia de esta confrontación está divida en varios “rounds”.
Primer round. Los diputados cambian el código electoral en enero de este año decidiendo que los actuales consejeros tenían que dejar el cargo en agosto de este año, cuando habían sido elegidos para concluir el periodo en marzo de 2010.
“Querían hacerlo retroactivo, y no hay ley que sea retroactiva, la sala superior nos dio la razón y tuvieron que modificar el código”, explicó el consejero presidente del Instituto estatal electoral, Salvador Hernández.
Segundo round. Los diputados cambian el código electoral a principios de julio, y modifican el artículo cuarto del código señalando que nombrarían al nuevo consejo el 31 de julio de este año, en la modificación se pide que los aspirantes renuncien, en caso de que lo tengan, a cualquier cargo público, lo que obligaría a los consejeros a renunciar a su cargo en julio para contender, dejando acéfalos los asientos en el instituto electoral, presumiblemente para ser ocupados por los nuevos que elegiría el Congreso.
Los consejeros pelearon legalmente perdiendo este pleito, pues los diputados pudieron argumentar, que aunque fuera de tiempo, sí se les había dado la oportunidad de inscribirse por una modificación al código respetándoles su derecho, hecha a principios de julio. “Era acomodado para que renunciáramos y dejarnos fuera del proceso, ese lo perdimos porque ellos decían que sí habían cumplido”, señaló Hernández.
Los diputados sesionaron para modificar la convocatoria el 6 de julio de este año. Modificaron la convocatoria y, sin consultar a los consejeros, los inscribieron utilizando los documentos pedidos para el proceso para el que fueron elegidos, es decir, el proceso del año 2006.
Tercer round. Que los hayan inscrito sin su consentimiento y con papeles no actualizados fue el motivo de otra impugnación de los consejeros inconformes. Por esta razón la sala superior determinó que el Congreso estaba obligado a aceptarle los documentos actualizados a los consejeros, y los consejeros estaban obligados a entregar sus documentos actualizados.
En este inter, los diputados eligieron a los consejeros electorales que tuvieron que pasar varios filtros: un curso de una semana, un examen y luego una entrevista con la comisión de asunto electorales.
Cuarto round. La resolución anterior parecía dejar las cosas así, con el consejo nuevo que tomaría el cargo en marzo, a pesar de haber tomado protesta en julio y con los consejeros actuales entregarían para nada sus documentos actualizados.
Sin embargo, volvieron a impugnar, resultando que la sala superior ahora sí encontró elementos para señalar que, desde un principio, los diputados modificaron con inconsistencias el código electoral lo que los obliga ahora a reponer el proceso completo en, a más tardar, 15 días hábiles.