Marco normativo para instalación de guarderías - LJA Aguascalientes
23/11/2024

El marco normativo para la apertura de guarderías y ser beneficiado son diversos y dependen de las características de la dependencia que los regule; sin embargo, las reglas de operación que estipula la Secretaria de Desarrollo Social (Sedesol) no se centran accesibles al público, pues el portal tiene fallas en la información.

En el caso de la apertura de estancias infantiles es necesario: solicitud del interesado; acreditar identidad; acreditar escolaridad mínima de secundaria o equivalente; contar con el espacio físico suficiente para brindar servicios de cuidado, atención y alimentación infantil por lo menos a 10 niños, mismo que deberá ser de dos metros cuadrados por cada niño.

La persona que fungirá como responsable de la estancia infantil deberá aprobar la evaluación mediante herramienta psicológica, aplicada por personal que designe la Sedesol, el cual deberá estar capacitado para ello. Asimismo, deberá acreditar las capacitaciones que la secretaría determine, así como las capacitaciones impartidas por el DIF nacional y los cursos, talleres y demás actividades de capacitación que ofrezca el Programa para la Operación de Estancias Infantiles.

No se podrá proponer como responsable de una estancia infantil, a una persona que ya haya fungido como tal, y que se haya dado de baja de la Red; que el espacio destinado a la estancia afiliada a la Red tenga como objetivo atender preponderantemente a la población objetivo del Programa. 

IMSS 

  Lo referente a los trabajadores es comprobante de certificación de vigencia y control del derecho al servicio de guardería (copia para expediente); CURP (original para cotejo) y constancia de trabajo expedida por el patrón (original para expediente).

La ley del IMSS en su artículo 213 señala que “el Instituto podrá celebrar convenios de reversión de cuotas o subrogación de servicios, con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos, cuando reúnan los requisitos señalados en las disposiciones relativas”.

Protección civil

Los requisitos por parte de Protección Civil estatal, son que deberá de contar con el dictamen de las instalaciones eléctricas por perito especializado en la materia; deberá de contarse con el dictamen estructural del inmueble, así como la señalización en materia de protección civil.


“Debe contar con una salida de emergencia externa aparte del acceso, que debe estar libre de obstáculos y sin dispositivos”, además deberá de tener los equipos de combate y prevención de incendios, así como detectores de humo.

Los responsables deberán de tomar las capacitaciones correspondientes en materia de protección civil y primeros auxilios, gas para evitar cualquier tipo de accidentes.

Deberán realizar simulacros.


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