a materia de los derechos humanos es mucho más amplia que el restringido concepto al que se le ha querido circunscribir y reducir en algunos territorios y sociedades. Además, su vigencia, observancia e instituciones de control, tales como los diversos tipos de “ombudsman”, de organizaciones no gubernamentales e instituciones y organizaciones que los promueven, tienen y deben tener un ámbito de acción, un alcance mucho más amplio que el se les concede y en el que se desempeñan en muchas partes del mundo.
Los derechos humanos van mucho más allá de la mera libertad física, de la persecución por ejercer la libertad de expresión, de la prohibición de malos tratos físicos o psicológicos y tortura y de otros aspectos análogos correspondientes al ámbito de lo policiaco.
Los derechos humanos implican un extenso ámbito jurídico y su vigencia, observancia y sistemas de control son parte importante, esencial, del estado de derecho, concebido éste como una forma de vida conforme a la ley, a la que se ajustan gobernantes y gobernados, para aspirar y construir mejores condiciones de vida del individuo en sociedad.
Sin estado de derecho no puede aspirarse a mejores condiciones de desarrollo humano, social y económico. Sin estado de derecho la norma que prevalece es la razón de la fuerza y no la fuerza de la razón. Sin estado de derecho, la violencia es la regla para la solución de los conflictos, de los reclamos sociales y de la problemática social en general.
En el mundo entero la materia de los derechos humanos es todavía un amplio campo para mucho trabajo con el fin de propiciar tanto mejores sistemas jurídicos como mejores condiciones y posibilidades de aplicación de las leyes para hacer real y vigente la aspiración de un estado de derecho.
Todo el mundo requiere en mayor o menor grado avanzar en la cultura del estado de derecho y dentro de ella en la observancia de los derechos humanos; aún la culta y cívica Europa del Oeste, con todo y sus instituciones jurídicas avanzadas lo necesita. Desde luego no escapa a esta necesidad el sistema jurídico de los Estados Unidos de América en donde aún prevalece la discriminación, el racismo y los abusos de autoridad en muchos órdenes. Es obvio mencionar como partícipes de estas necesidades jurídicas a los países en desarrollo –y aún los desarrollados- en los cinco continentes: los de América latina, entre ellos México, los del multiétnico continente de Africa, los de la polifacética Asia, la pluridispersa Oceanía con su gran isla australiana, así como los de la Europa oriental dadas sus condiciones jurídico-políticas generadas por los cambios sobre todo de las últimas dos décadas.
El trabajo a favor del estado de derecho –“the rule of law”, “der Rechtsstaat”, se dice en términos anglosajones- representa un amplísimo panorama para el actuar de juristas y de los gobernantes que tienen el poder de decisión normativa en las sociedades del mundo.
El estado de derecho, en el ámbito de los derechos humanos comprende el ámbito del derecho de interés público, entendido éste de una manera que ya supera al antiguo concepto de un cuerpo normativo o de un conjunto de normas relativas a determinada materia. Ahora, en el pensamiento jurídico universal moderno –del que en México tenemos aún una gran lejanía- por derecho de interés público se entienden a las normas jurídicas más en función del destinatario que tales normas protegen, que de las materias que ellas regulan. Se encuadran dentro de este campo del derecho de interés público, entre otros, los sujetos en función a sus derechos civiles y libertades políticas, las mujeres en función de sus derechos de género, los seres humanos en función a su derecho a la instrucción o educación y a la protección ambiental, los gobernados como titulares del derecho a los servicios públicos, así como la defensa de individuos en situaciones de marginación social, política, económica, cultural y de justicia.
En esta tesitura, la actividad legislativa y la aplicación de las leyes deben entenderse y comprenderse dentro de la compleja dinámica social, ello con el fin de ser un cauce que propicie mejores soluciones para situaciones de conflicto entre los individuos y desde luego con un sentido social resolviendo necesidades de comunidades o segmentos sociales vulnerables.
En el mundo es necesaria la actividad cívica y política tendiente al mejoramiento de las instituciones jurídicas para establecer más y mejores marcos legales para alcanzar niveles de desarrollo equitativos. Es necesario en los diversos territorios y sociedades identificar las necesidades y tomar decididamente el camino hacia las reformas legales conducentes.
Se requieren en todo el mundo profundas transformaciones jurídicas de los sistemas gubernativos, de las instituciones de justicia y de los procedimientos legislativos. También es preciso mejores sistemas de enseñanza, investigación y estudio del derecho, sin olvidar que el aprendizaje del derecho es un instrumento y no una solución. Más y mejores abogados orientados al derecho de interés público debe ser un enfoque indispensable en la enseñanza jurídica.
Debe también enfocarse el fortalecimiento de las instituciones de justicia –de los órganos legislativos y judiciales- pero también promover el acceso efectivo a la justicia en todos los órdenes –en el amplísimo espectro del derecho privado y en el cada vez más amplio campo del derecho de interés público- ello mediante el cuidado de la calidad de las normas jurídicas y de la impartición de justicia. Sin responsabilidad social de los hacedores del derecho y de los profesionales de la materia encargados de su aplicación administrativa o jurisdiccional, ninguna reforma es suficiente o queda restringida a un pobre valor.
El estado de derecho es el marco de la seguridad de los individuos. La vigencia de los derechos humanos como parte del estado de derecho en una condición esencial para el desarrollo de los pueblos. El derecho, en cuanto sistema normativo para el desarrollo, debe estar influido de una filosofía de justicia: propiciar el desarrollo integral del ser humano, en todas sus potencialidades. Es necesario reforzar la aplicación de la ley en todas sus vertientes y expresiones, como un instrumento para alcanzar la justicia social y a fin de cuentas hacer efectivos los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho.
Nos vemos la semana que entra si Dios nos da vida y otros no nos la han quitado. n