Dentro del mismo informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007 del Estado de Aguascalientes, realizado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), proporcionado por el presidente de la comisión de vigilancia de la ASF del Congreso de la Unión, el perredista Antonio Ortega Martínez, se mencionan varias irregularidades ejercidas por los municipios del estado en el manejo de los recursos provenientes del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM), y que en los próximos días serán dados a conocer por La Jornada Aguascalientes, siendo el de mayor proporción, el municipio de Calvillo, el cual, realizó 64 obras con dinero del fondo, de las cuales, 11 ( la construcción de cuatro velarias, remodelación de seis plazas y construcción de un kiosco) con monto de seis millones 524 mil pesos, y que representan el 40.4 por ciento del total del monto ejercido, están fuera de los rubros establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) para el FISM.
Lo anterior resulta de la auditoría 07-D-01003-07-0859, en la que se revisaron las Secretaría de Finanzas y Administración, de Obras y Servicios Públicos, de Planeación y Desarrollo y de Desarrollo Social de Calvillo.
Dentro de la identificación y administración de riesgos de la auditoría, se establece que el municipio de Calvillo, “carece de medidas de control para garantizar que los recursos del fondo se orienten a obras y acciones contempladas dentro de los rubros que establece el artículo 33 de la LSF”, que menciona que las aportaciones federales, deberán destinarse exclusivamente a obras y acciones que “beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema” en los rubros de agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, e infraestructura productiva rural en el caso del FISM.
Como ya se mencionó, lo anterior contraviene el artículo 33 de la LCF, citada párrafos arriba, así como el artículo 49 de la misma ley, que establece que “dichas aportaciones y sus accesorios en ningún caso podrán destinarse a fines distintos a los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de esta Ley”.
Con base en esto, la ASF, según los artículos 16, fracción 14; y 35 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, emitirá el correspondiente pliego de observaciones, “atendiendo a que como resultado de la revisión se presume un probable daño o perjuicio o ambos al Estado en su Hacienda Pública Federal, por un monto de 6 millones 524 mil 258 pesos”.
Por medio de la aplicación de un cuestionario interno, la ASF menciona que el municipio de Calvillo cuenta con una calificación de 3,142 puntos, que lo ubica dentro del rango medio respecto del manejo y aplicación de los recursos del FISM.
Esto con base en que el municipio de Calvillo “no tiene una descripción de puestos o funciones del personal a cargo del FISM, que establezca el nivel de discrecionalidad y supervisión con que deben desempeñarse los servidores públicos”, así como “manuales de organización y procedimientos que definan las atribuciones y responsabilidades de los servidores públicos; esta carencia no permite tener objetivos definidos que aseguren la corrección de errores y retroalimentar los procesos, con el fin de optimizar las acciones administrativas y operativas del manejo del FISM”.
Ante estos resultados, la ASF “concluyó que el control interno establecido para la operación y desempeño del fondo es regular, ya que no permite cumplir con eficacia y efectividad sus objetivos, en incumplimiento de las mejores prácticas gubernamentales”, por lo que recomendó que se “instruya a quien corresponda para que se implementen las actividades necesarias, a fin de elaborar y difundir los manuales de organización y procedimientos, para fortalecer el control interno en los procesos de operación, manejo y aplicación del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Aguascalientes”.