Exhorta IMSS a que aprovechen descuentos en multas los patrones - LJA Aguascalientes
24/11/2024

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Daniel Karam Toumeh, exhortó a los patrones, personas físicas o morales, a que aprovechen los beneficios de condonación de multas de hasta 100 por ciento o la dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal.

El titular del Seguro Social apuntó que estas medidas tienen el propósito de brindar a los patrones mecanismos para que se pongan al corriente con sus adeudos, en concordancia con otras facilidades administrativas dispuestas por el Gobierno Federal.

Con estas acciones institucionales, indicó, el IMSS contribuye al reforzamiento de las empresas como fuentes de empleo en este periodo de crisis económica mundial, y reiteró su compromiso de trabajar abierto siempre a las mejores propuestas de solución.

Karam Toumeh apuntó que, para acceder a los beneficios que les ofrece hoy el Seguro Social, los patrones deberán acudir directamente a la Subdelegación del Instituto que corresponda a su domicilio fiscal, para presentar la solicitud correspondiente.

La condonación de multas al 100 por ciento podrá ser solicitada directamente por el patrón o sujeto obligado, si reúne los siguientes requisitos: no tener con el IMSS créditos fiscales vencidos o exigibles, o bien, en caso de tenerlos en la fecha de la solicitud, presente los documentos con los que se demuestre fehacientemente que son improcedentes; o bien, que cuente, por parte del IMSS, con autorización de prórroga para el pago en parcialidades o diferido; haber pagado puntualmente las Cuotas Obrero Patronales (COP) y de Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) durante el año anterior a la fecha en la que presente su solicitud de condonación.

El Instituto, refirió, otorgará una condonación, a petición del patrón o sujeto obligado, de la multa al 90 por ciento, si sólo se cumple con el primero de los anteriores requisitos.

Por lo que respecta a la condonación de la multa al 60 por ciento, el patrón deberá solicitarla directamente, y se otorgará en los casos en que el solicitante tenga créditos fiscales con antigüedad mayor a un año, pero cumpla el siguiente requisito: haber pagado puntualmente las cuotas obrero patronales (COP) y de Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) durante el año anterior a la fecha de su solicitud.

Indicó que en cuanto a la dispensa de garantizar el interés fiscal, otro de los beneficios que ofrece el IMSS a patrones, se ha dispuesto que al celebrar convenios de pago a plazos en parcialidades, no se les requerirá la obligación de garantizar el interés fiscal, siempre que se trate de los siguientes créditos fiscales: las cuotas, los capitales constitutivos, su actualización y los recargos, las multas impuestas en los términos de la Ley del Seguro Social, los gastos realizados por el instituto por inscripciones improcedentes y los que tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes.

En caso de que el patrón o sujeto obligado no cumpla con el pago de dos parcialidades, el IMSS le exigirá la garantía del interés fiscal y, si ésta no se otorga, se revocará la autorización del pago a plazos en parcialidades.


Ambos Aauerdos entrarán en vigor una vez publicados en el Diario Oficial de la Federación; pero el relativo a la dispensa de la garantía del interés fiscal, estará vigente sólo hasta el 31 de diciembre de 2009.


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